“MAGAZZINE” LA COLUMNA DE MANUEL GARCÍA Y GARCÍA

DIPUTADA DE MORENA

Jueves 21/Febrero/2019>>

  1. “  M A  G  A  Z  Z  I  N  E  ”
  2. Manuel García y García>>
  3. *.- Nepotismo a lo Descarado>>
  4. *.- ¿Lo Castiga la Ley?
  5. *.- No Hay Delito que Perseguir!>>

         En los medios de comunicación, sobre todo en las benditas redes sociales, denuncian públicamente a la diputada de MORENA Elsa Delia González Solórzano, de incrustar en la nómina del Congreso estatal a su sobrino y a su yerno, lo que se considera como un abuso de poder y resaltando, por sobre todas las cosas el nepotismo.

          Si bien lo hecho por la legisladora tiene varias vertientes por que se podría considerar que va en contra no solo del partido que la postuló, sino en contrario a la política del presidente Andrés Manuel López Obrador, quien resalta la trasparencia en el cargo público y condena tajantemente y hasta prometer castigar a la corrupción.

          Elsa Delia González Solórzano ha cometido dos actos que van en contra de los principios partidarios y del ideal de López Obrador, al actuar con abuso de poder por ser legisladora y por el nepotismo a lo descarado, aunque no sea la única legisladora en hacerlo, pues hay por allí otros dos diputados que han hecho lo mismo.

           Se conoce como nepotismo a la predilección exagerada que algunos funcionarios en actividad que ocupan cargos públicos poseen respecto a su familia, allegados y amigos a la hora de realizar concesiones o contratar  empleados estatales.

         En estos casos, el individuo que accede a un empleo público logra el objetivo por su cercanía y lealtad al gobernante o funcionario en cuestión, y no por mérito propio o capacidad.

         El nepotismo está considerado como un acto de corrupción. No se acepta a nivel social, que un dirigente político decida destinar recursos públicos a un familiar o amigo por cuestiones de simpatía o afecto.

        Ley N° 5295: prohíbe el nepotismo en la función pública. Artículo 1° Definición: Se entiende por nepotismo, cuando una persona facultada para nombrar o contratar en un cargo público realizar uno de esos  actos a favor de su cónyuge, concubino o pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad  en violación a las normas que regulan el acceso a la función pública.

         De hecho, si bien existe la Ley  N° 2777, que prohíbe el nepotismo en la ley de la  función pública, esta normativa no establece una sanción penal, sino una sanción administrativa.

           Por su parte, Claudia Criscioni, de la Unidad Anticorrupción y de Delitos Económicos, afirma que el nepotismo no es un delito y así lo explican fiscales anticorrupción quienes dicen que ante la cantidad de casos de nepotismo que fueron revelados por la Prensa a partir de la publicación de antes públicos, fiscales Anticorrupción explicaron que la mayoría de los hechos denunciados mediáticamente no constituyen delitos ante la Ley Vigente.

         Con esta última explicación de los fiscales anticorrupción, la diputada de MORENA, Elsa Delia González Solórzano, ya la brinco, lo mismo que los otros dos diputados que hicieron lo mismo, una metiendo a su padre a trabajar y el otro a su secretaria, aunque de hecho están actuando con abuso de poder.

NOTA DE MANUEL GARCIA Y GARCIA

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