M A G A Z Z I N E>>
MANUEL GARCÍA Y GARCÍA.>>
Gracias a nuestro compañero y amigo periodista Rodolfo Toledo Cardona, nos hizo llegar esta propuesta de ley en donde dice “adiós libertad” y textualmente nos explica:
“Los senadores acaban de aprobar la eliminación de la suspensión de carácter general contra normas.
¿Qué implica esto?
Que se si publica cualquier ley aún incostitucional los jueces no podrán detenerla hasta que se resuelva todo el juicio, lo que podría tomar mucho tiempo.
Mientras tanto, se podrían aplicar leyes para que te expropien tu casa o tu empresa o un toque de queda para que no salgas en la noche.
Podrían regresar la pena de muerte o una prisión preventiva obligatoria paras cualquier delito, como o ocurren El Salvador . Podrían hacer cualquier cosa que se te ocurra sin que ningún juez pudiera hacer algo al respecto, esto es grave, muy grave
“Desprotegidos y desamparados los gobernados cuando las reformas a las leyes sean a modo”
PROYECTO DE DECRETO OOR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 129 Y 148 DE LA LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Artículo único.- Se adiciona un último párrafo al artículo 129 de la Ley de Amparo, Reglamentaría de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue.
Artículo 129…
- A XIII…
- Se deroga.
- Artículo 148…
Dictamen de las comisiones unidas de justicia y de estudios legislativos, segunda, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 129 y 148 de la ley de amparo, reglamentaría de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales.
Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en n ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Senado de la República, a 10 de abril del 2024